A- de 2022
Ponente Jorge Enrique Ibáñez Najar
Temas y subtemas del fallo
✓Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.
- Incumplimiento del presupuesto subjetivo
Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)
Conflicto aparente de jurisdicciones entre el Juzgado 42 Penal Municipal con Función de Control de Garantías de Medellín y la Justicia Penal Militar.
La controversia entre los precitados despachos tuvo su origen en un proceso penal iniciado en contra de un subintendente por el delito de homicidio.
Los hechos se dieron al interior de una manifestación ciudadana y con el arma de dotación.
Luego de verificar el cumplimiento de los presupuestos subjetivo, objetivo y normativo para la configuración de un verdadero conflicto entre jurisdicciones, la Corte encontró que no se acreditó el primero y, por tanto, decidió declararse INHIBIDA para emitir pronunciamiento de fondo.
Precisó la Sala Plena que, la simple manifestación del abogado defensor no configura un pronunciamiento expreso de la Justicia Penal Militar y Policial y, por consiguiente, no hay una solicitud de competencia para juzgar al procesado por parte de dicha jurisdicción.
Se ordenó el envío del expediente al Juzgado 42 Penal Municipal con Función de Control de Garantías de Medellín, para lo de su competencia y para que comunique la presente decisión a los interesados.
Qué decidió
Parte resolutiva (Resuelve)
✓Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.
- PRIMERO. Declararse INHIBIDA para resolver sobre el conflicto de jurisdicción promovido por el Juzgado 42 Penal Municipal con Función de Control de Garantías de Medellín, por incumplir el presupuesto subjetivo para su configuración.
- SEGUNDO. REMITIR el expediente CJU-1794 al Juzgado 42 Penal Municipal con Función de Control de Garantías de Medellín, para lo de su competencia y para que comunique la presente decisión a los interesados.
La Sala que decidió
Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.
Cómo se conecta
Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.
Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.